El Gobierno fija criterios de valoración de suelo

El Gobierno ha aprobado un conjunto de criterios de valoración de suelo para supuestos de expropiación o reparcelación con el fin de evitar prácticas especulativas.

Se trata del Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo, que desarrolla esta norma, cuyo objetivo último es “mejorar el funcionamiento del mercado del suelo, hacerlo más transparente y eficiente, combatiendo eventuales prácticas especulativas en la utilización del mismo”.

Según destacó el ministro de Fomento, José Blanco, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministro, con esta norma, “por primera vez en la historia se dota al urbanismo español de un reglamento con los criterios de valoración del suelo”.

El ámbito de aplicación de la Ley del Suelo y, por tanto, de este Reglamento, no es cualquier valoración o tasación de inmuebles. Sólo se aplicará en supuestos de reparcelaciones, expropiaciones, ventas y sustituciones forzosas, así como en los casos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Leer más

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Consejos para ahorrar al firmar la hipoteca

Si se piensa en comprar una casa, conviene saber que los precios de las viviendas están en caída libre. Las dificultades que en los últimos meses atraviesan las entidades bancarias de toda Europa se traducen en restricciones de crédito a los particulares, algo que origina que se vendan menos inmuebles porque cada vez es más difícil acceder a un préstamo hipotecario. A ello hay que añadir que, para el 90% de los españoles, la negociación de las condiciones de la hipoteca con el banco es la operación financiera más importante que realizan en su vida. Por ello, conviene tener en cuenta los conceptos en los que buscar un ahorro cuando se contrata una hipoteca. Los principales son la TAE (Tasa Anual Equivalente), el diferencial, las comisiones y el plazo de devolución del préstamo.

El endurecimiento de las condiciones de los bancos para conceder préstamos hipotecarios incide de modo directo en los precios de las viviendas. Así lo demuestra el Índice de Precios de Vivienda (IPV) que publica el Instituto Nacional de Estadística (INE), donde se señala que, en el segundo trimestre de 2011, la bajada de los precios ha sido de 2,7 puntos respecto al trimestre anterior, algo que deja al indicador en el -6,8%.

El Banco de España, además, ha anunciado que el Euribor cayó en septiembre 0,03 puntos con respecto al mes de agosto y se sitúa en el 2,067%. Sin embargo, el indicador ha experimentado una subida interanual de 0,647 puntos. Por ello, la bajada mensual del índice de referencia de las hipotecas no se traducirá en un alivio para los bolsillos de los compradores. Al contrario, habrá un encarecimiento de los préstamos hipotecarios que tengan que revisar su tipo con la última referencia del Euribor respecto a la de hace un año. A pesar del descenso del Euribor mensual, habrá nuevas subidas en las cuotas, tanto en el caso de las revisiones de carácter semestral, como en las anuales.

Es preciso tener en cuenta en qué conceptos se puede economizar al firmar una hipoteca:

1. Estudiar varias ofertas
No conviene conformarse con la primera oportunidad que surja. El comprador debe informarse bien de las ofertas que hay para conseguir la hipoteca que mejor se adapte a sus necesidades. Lo más adecuado es estudiar la más barata, acudir a las sucursales bancarias, negociar de acuerdo a ella y aceptarla si es la más conveniente.

Hoy en día es bastante sencillo comparar las distintas ofertas hipotecarias en Internet. Si se está familiarizado con la informática, se puede contratar una hipoteca on line, ya que es habitual que haya ofertas exclusivas para la contratación a través de la Red. Por lo general, estas son más atractivas porque los bancos tienen menos costes operativos.

2. La contratación de productos adicionales
En el momento de la contratación de la hipoteca, por el nerviosismo que ello implica, a menudo se dice que sí a todos los seguros. Sin embargo, lo idóneo es repasar otras ofertas de las entidades de seguros y quedarse con la opción más económica. En la mayoría de los casos, el comprador tiene que suscribir un seguro de vida, además de contratar el de hogar. El banco intentará que el cliente contrate varios seguros, pero el único que es obligatorio por ley es el seguro de continente.

Si la entidad bancaria ofrece una rebaja en el diferencial del préstamo o en las comisiones a cambio de domiciliar la nómina o contratar un seguro, algún fondo de inversión o una tarjeta de crédito, se debe comparar el coste de suscribir estos productos frente al ahorro que suponen.

3. Intentar rebajar el diferencial y la TAE
El diferencial de la hipoteca es el porcentaje que se añade al valor del índice de referencia (casi siempre, el Euribor) en el momento de la revisión del tipo de interés de un préstamo hipotecario contratado a tipo variable.

Contratar productos como seguros, fondos de inversión o tarjetas de crédito puede encarecer la hipoteca
Si el cliente contrata una hipoteca al Euribor más un diferencial de un punto y el Euribor está en el 3%, el nuevo tipo de interés del crédito será el 3% más el punto (3% + 1%), es decir, un 4%. El resultado, en una oferta de préstamo hipotecario, es el tipo de interés ofertado:

Euribor + diferencial = Tipo de Interés Ofertado

El diferencial es una variable que se debe negociar con las entidades financieras para obtener unas condiciones más ventajosas en la hipoteca. Cuanto más bajo sea el diferencial, más barata saldrá.

Además de un bajo diferencial, lo primordial es conseguir una buena TAE para lograr una rebaja en la hipoteca. En muchos casos, solo figuran todas las condiciones de cálculo de la TAE en la letra pequeña de las ofertas. Por ese motivo, hay que seguir el criterio de “cuanto más pequeña es la letra, hay que prestar mayor atención”.

Cuanto más bajo sea el diferencial, más barata saldrá la hipoteca
Cualquier préstamo hipotecario tiene unos costes que varían entre entidades, por la diferencia en los plazos de devolución o por el perfil económico que tenga el cliente. La TAE en las hipotecas incluye en su cálculo el tipo de interés y los gastos y comisiones bancarias (de apertura y cancelación).

Estas comisiones las impone el banco para cubrir posibles riesgos de impago o las pérdidas en el caso de cancelación. Por lo tanto, cuanto menores son el diferencial, el tipo de interés y las comisiones, más baja es la TAE y la hipoteca saldrá más barata.

La TAE se calcula mediante una fórmula matemática y es válida para comparar productos de igual plazo o duración ya que, para plazos distintos, las comisiones no son las mismas. De igual forma, no es conveniente comparar hipotecas de interés fijo con otras de interés variable porque, en estas últimas, no se puede saber con exactitud cómo va a evolucionar el tipo de interés en el futuro. En la gran mayoría de las hipotecas se utiliza el tipo de interés variable y está casi siempre condicionado al Euribor.

Desde 1990, el Banco de España obliga por ley a las entidades financieras a informar de la TAE de sus ofertas hipotecarias en la publicidad que hagan de sus productos, en los contratos que formalicen con los clientes y en las ofertas vinculantes que realicen.

La TAE no incluye otros gastos importantes, como el coste de la tasación de la vivienda que se adquiere, los gastos de notaría y registro de la propiedad, la gestoría o los seguros que la entidad obliga a suscribir.

Una vez que se han recopilado las ofertas de varias entidades, es aconsejable solicitar una simulación de la hipoteca para estudiar, en cada caso, cuál es la cuota mensual que saldría y cuál es la TAE que tiene cada préstamo.

4. Los gastos de tasación y notaría
Cuando se contrata una hipoteca, hay unos gastos inevitables, como el coste de la tasación y los gastos de notaría.

•Con respecto a la tasación, a partir de la solicitud de la hipoteca, el banco encarga a un profesional la tasación de la vivienda para establecer su valor y realizar una verificación registral en la que se comprueba que no pesan cargas sobre el inmueble. Se debe pedir a la entidad bancaria información sobre las empresas de tasación con las que trabaja para escoger la que ofrezca el mejor precio.
No obstante, desde diciembre de 2007, si el comprador aporta una tasación certificada por un tasador homologado, la entidad no puede cobrarle por una nueva tasación. Además, hay que tener en cuenta que el valor de la tasación (cuyo gasto corre a cargo del comprador) determina el límite máximo del préstamo.

•En cuanto a las notarías, es conveniente comparar entre varias y seleccionar la que dé el precio más bajo. Entre unas y otras se puede obtener un ahorro de más de 100 euros.

5. Las comisiones
Lo más recomendable, en la medida de lo posible, es contratar una hipoteca a 10 o 15 años.

Al contratar una hipoteca, es fundamental analizar en profundidad las siguientes comisiones: comisión de apertura, comisión de cancelación y comisión de subrogación

•Comisión de apertura y estudio: en ella se incluyen todos los gastos que se originan al tramitar el contrato del préstamo hipotecario. Se calcula como un porcentaje del importe del préstamo. Por regla general, el importe de esta comisión se cobra cuando se firma el contrato. Sin embargo, se puede acordar con la entidad financiera el abono de la comisión a lo largo de la vida del préstamo. La comisión de apertura se incluye en el cálculo de la TAE (Tasa Anual Equivalente) o coste efectivo del préstamo.

Una vez que se ha elegido la entidad de crédito con la que se va a contratar el préstamo hipotecario, hay que solicitarle una oferta vinculante por escrito en la que se detallen todas las condiciones financieras. La oferta vinculante es un documento obligatorio para préstamos de hasta 150.253,03 euros.

Para ello, es necesario disponer antes de la tasación del inmueble que se va a hipotecar como garantía del préstamo, cuyo importe lo paga el comprador. Esta oferta vinculante, que la entidad está obligada a entregar si no ha denegado el préstamo, evita las confusiones derivadas de la negociación verbal.

En caso de que al final no se acepte la oferta, hay que tener en cuenta que algunas entidades cobran una comisión de estudio. Si es así, tiene que estar recogido en sus folletos de tarifas.

•Comisión de cancelación o amortización anticipada: la aplica la entidad financiera en el caso de que el cliente desee cancelar de modo parcial o total la hipoteca antes de cumplirse el plazo. Esta comisión compensa a la entidad por lo que deja de ganar (o lucro cesante) al no percibir los intereses por el capital que se amortiza de modo anticipado. Se calcula como un porcentaje sobre la cantidad cancelada o entregada a cuenta.

Por ley, las comisiones de cancelación tienen establecidos unos límites máximos.

En los préstamos a interés fijo, la comisión es elevada. Por ello, hay que ser conscientes de que una alta comisión de cancelación desanima a quienes quieren amortizar la hipoteca a efectos de beneficiarse de una posible bajada de tipos de interés o a negociar un nuevo préstamo con otra entidad financiera.

En muchos casos, no se le concede la suficiente importancia a esta variable. Sin embargo, una vez pasados los primeros años, el comprador puede sentirse “prisionero” de su hipoteca. En un plazo de 20 o 30 años, las condiciones del mercado y las personales pueden variar de manera significativa. Incluso en un plazo de 12 años, con tipos fijos, la situación puede cambiar. Por todo ello, se recomienda negociar con la entidad financiera el coste que supondría una amortización anticipada.

•Comisión de subrogación: esta posibilidad, recogida por la legislación, permite el cambio de hipoteca de un banco a otro, con la posibilidad de variar el tipo de interés y mantener las condiciones en cuanto a plazo e importe pendiente de amortizar.

Para que surta efectos la subrogación, basta con que la nueva entidad pague a la primera el importe pendiente del préstamo, así como los intereses devengados y las comisiones exigibles, y se formalice la subrogación en escritura pública ante notario. En este caso, conviene negociar con la nueva entidad el coste que puede suponer la subrogación.

Algunos de los gastos que conllevan las subrogaciones (los honorarios notariales y registrales, las comisiones bancarias o los de carácter fiscal) están limitados por ley.

6. Buscar el mínimo plazo de amortización
Cuanto más joven se es, más sencillo resulta conseguir un mayor plazo de amortización. Estipular un plazo elevado puede ser más deseable, porque supone pagar menos cada mes y tener, por tanto, una economía más desahogada.

Una elección adecuada del tasador y de la notaría pueden suponer un gran ahorro
Sin embargo, cuanto mayor es el plazo total para devolver el dinero, más altos son los intereses que se pagan y mayor es también el coste final de la hipoteca. Con los préstamos hipotecarios a 20 o 30 años, los bancos consiguen una gran rentabilidad. Sin embargo, una hipoteca a 30 años es demasiado tiempo y nadie puede garantizar que el cliente va a ser solvente para afrontar los pagos a tan largo plazo.

Lo más recomendable, en la medida de lo posible, es contratar una hipoteca a 10 o 15 años.

7. Negociar las futuras subidas del Euribor
Los expertos auguran que el Euribor subirá aún más. Quienes contraten una hipoteca hoy, sin tener en cuenta la subida del Euribor, pueden verse afectados de manera negativa en el futuro.

Además, hay que tener especial precaución con las llamadas “cláusulas suelo”. La entidad bancaria no informa a muchos hipotecados de que cuentan con una de ellas, con lo que el tipo de interés que pagan por su préstamo no puede bajar de un determinado porcentaje, aunque descienda el Euribor. Tener una de estas cláusulas impide al comprador beneficiarse de las caídas del Euribor.

8. Leer la escritura antes de firmar y consultar a un experto
En ocasiones, hay cláusulas perjudiciales que se dejan pasar por falta de conocimientos.

Cuando ya se está dispuesto a contratar la hipoteca, el comprador tiene derecho a examinar la escritura pública de préstamo hipotecario, al menos, tres días hábiles antes de su firma. Además, se puede pedir al notario un borrador para leerla con detenimiento.

Ante cualquier cláusula que dé lugar a dudas o a distintas interpretaciones, se debe consultar a un experto. En ocasiones, hay cláusulas perjudiciales que se dejan pasar por falta de conocimientos sobre el asunto. Cualquier inversión conlleva un riesgo y, por ello, no se debe escatimar en este aspecto.

9. Negociar para realizar los cambios
Si hay alguna cláusula perjudicial o extraña sobre temas que no se han tratado con anterioridad, es mejor negociarla en el momento para que se realicen los cambios.

Lo más adecuado es asegurarse de que cualquier cambio deseado se contemple con total claridad en la escritura. A largo plazo, se obtendrá un ahorro. Una corrección o cambio que se tenga que hacer en el futuro costará tiempo y más dinero.

Fuente: http://www.consumer.es

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Nace una guía de accesibilidad a la vivienda para personas con discapacidad

La asesoría Jurídica del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha elaborado la ‘Guía Informativa: obras y actuaciones de accesibilidad en comunidades de propietarios-Régimen Legal’ con el objetivo de indicar, desde el punto de vista normativo, los derechos de las personas con discapacidad para garantizar la accesibilidad en sus viviendas.

El documento explica que las personas beneficiarias del derecho que regula la accesibilidad son los propietarios de la vivienda si viven en ella, trabajan, prestan servicios altruistas o voluntarios, personas con discapacidad o personas mayores de 70 años.

Afecta a las comunidades sujetas a la Ley de Propiedad HorizontalAsimismo, afecta a las comunidades y mancomunidades sujetas a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), a la mayor parte de los inmuebles dedicados a vivienda habitual. La guía hace referencia a los derechos en cuanto a las obras e instalaciones de accesibilidad sin necesidad de acuerdo, a las que necesitan el acuerdo de la comunidad de propietarios, a las actuaciones que deben llevar a cabo por incumplimiento de sus derechos y a las obras e instalaciones de accesibilidad que pueden realizar las personas con discapacidad, asumiendo el coste que suponen.

Esta guía informativa también indica las dos normas reguladoras vigentes de esta materia, que son la Ley de Adaptación Normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley de Límites del Dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad.

Asimismo, facilita los formularios escritos que deben cumplimentar las personas que soliciten la realización de las obras o instalaciones de accesibilidad en la comunidad de propietarios.

Ha colaborado el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y el colectivo Valida Sin BarrerasLa ‘Guía Informativa: obras y actuaciones de accesibilidad en comunidades de propietarios-Régimen Legal’ está elaborada por el Cermi con el apoyo del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y de Valida Sin Barreras, y se encuentra disponible, en formato accesible, en la página web del Comité.

Fuente: http://www.elmundo.es

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El cliente prefiere hipotecas baratas a la dación en pago

La posibilidad de modificar la Ley Hipotecaria para introducir la llamada dación en pago (la deuda contraída con el banco queda saldada con la entrega de la vivienda, aunque el valor del inmueble no cubra el importe del préstamo) planea sobre el sistema financiero desde hace meses.

Un cierto clamor social, amplificado por las acciones del movimiento 15M, ha llevado a políticos de diferentes ideologías a abrazar esta reivindicación, pese a las protestas del sector. Pero la banca asegura que la gente no pide hipotecas de estas características, porque son más caras y necesitan de más garantías.

A mediados de julio, Bankinter lanzó al mercado la ‘Hipoteca Sin’, un préstamo para la adquisición de vivienda que sólo tiene como garantía el inmueble. Dos meses después, parece claro que esta iniciativa no está destinada a tener imitadores. El resto de entidades asegura que sus clientes no piden este producto, porque lo que buscan son hipotecas baratas y que permitan financiar un porcentaje más elevado del valor de la vivienda. Algunos bancos, incluso, tienen este tipo de hipoteca entre sus ofertas desde hace años, pero aseguran que no se venden.

En catálogo

“La hipoteca sin garantía personal se ha ofrecido toda la vida, pero la gente no la pide porque es más cara y se necesitan más garantías, se suelen pedir avalistas y el loan to value (porcentaje del préstamo sobre el valor del inmueble) es más bajo”, explican en Banesto. También BBVA tiene en su catálogo un producto parecido, pero “no ha tenido éxito”. El banco recuerda que el 97% de sus clientes particulares está al día con el pago de la hipoteca y que, para aquellos que no pueden pagar, se buscan soluciones a medida, desde el alargamiento de los plazos, hasta la concesión de préstamos al consumo para hacer frente a exigencias puntuales. Una posición parecida a la que defiende Banca Cívica. A su vez, Ibercaja explica que “un producto así es inevitablemente más caro, ya que la ausencia de garantías personales incrementa el riesgo y, por lo tanto, el precio del préstamo”. El director financiero de Popular, Jacobo González Robatto, también dejó claro en la última presentación de resultados que el banco no vende este producto y, si lo hiciera, sería más caro que el resto de su oferta.

Sabadell está en la misma línea. Según Ramón Gras, director de Particulares del banco, es improbable que este producto se difunda. CatalunyaCaixa, Bankia e ING expresan posiciones parecidas.

Futuro
La opinión que prevalece en el sector es que cuando un cliente va a contratar una hipoteca no se plantea que vaya a dejar de pagarla, máxime cuando se trata de un préstamo para la compra de primera vivienda. Lo normal es que no esté dispuesto a pagar más para protegerse de las consecuencias de una eventualidad que ni se plantea.

Bankinter explica que la eliminación de la garantía personal no encarece el préstamo: “Las características son las mismas que las de la anterior hipoteca”. El banco defiende que puede vender este producto por el conocimiento que tiene de sus clientes. La ‘Hipoteca Sin Más’ de Bankinter está teniendo éxito entre los clientes de la entidad, aunque los competidores dicen que es una estrategia de imagen.

La Ceca se opone a la implantación del modelo
La Confederación Española de Cajas de Ahorro (Ceca) se opone a modificar la Ley Hipotecaria para establecer un modelo hipotecario basado en la dación en pago como única vía para saldar la deuda porque no beneficiaría a prácticamente nadie: significaría más morosidad (hasta el 8%) y mayores riesgos para las entidades, que endurecerían aún más las condiciones de acceso al crédito, y, al final, llevaría a una menor concesión de créditos.

Fuente: http://www.expansion.com

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 El cliente prefiere hipotecas baratas a la dación en pago

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Hacienda trabaja ya en la prórroga de la rebaja del IVA a la vivienda

Hacienda trabaja con la consigna de que tanto PP como PSOE mantendrán en 2012 este incentivo a la compra de casa. El Senado aprueba una moción que respalda la prórroga.

La rebaja del IVA para vivienda hasta 31 de diciembre que presentó el Gobierno en agosto podría prorrogarse en enero gane quien gane las elecciones. Con esta previsión trabaja la Agencia Tributaria (AEAT), según han informado fuentes no oficiales. El Fisco español trabaja con este escenario –el de prorrogar la rebaja del 8% al 4%– y así lo ha comunicado a empresas y fiscalistas para que preparen la planificación fiscal del próximo año, según ha podido saber este diario. El sector bancario es el que ha apludido con más entusiasmo esta iniciativa. Según el Ministerio de Fomento, el stock de viviendas nuevas superaba las 680.0000 a finales de 2010.

Ésta es la previsión con la que trabaja Hacienda. El líder del PP anunció que mantendrá la medida, pero en la AEAT manejan la consigna de que Rubalcaba hará lo mismo. Las fuentes oficiales de la Agencia no se pronuncian y remiten a enero.

Rajoy destacó que “lo más sorprendente” es que el Gobierno, después de eliminar la desgravación fiscal por compra de vivienda y subir el IVA de las nuevas, ahora abra un “periodo de rectificación” con la bajada. Esta medida, ha recalcado, es el “paradigma de los vaivenes del Gobierno”. Constructores y promotores también han aplaudido la medida, que está atrayendo a estos fondos como salvadores ya que suplen la falta de liquidez en el que están mediante la aportación de equity. Hasta agosto, estos fondos, que se dedican a invertir directamente en el capital o compran deuda de compañías en quiebra por mala gestión o por su elevado endeudamiento.

En este contexto, el Senado aprobó ayer una moción en la que instó al Gobierno a mantener en 2012 la rebaja del IVA para la compra de vivienda. La moción fue presentada por el PP y contó con el apoyo de CiU. El Grupo Socialista votó en contra. La moción incluye también la petición de que la rebaja impositiva se aplique sólo a la compra de vivienda habitual y con un tope máximo de precio.

Los que no aprueban cómo se ha planteado el incentivo son los asesores fiscales. Para la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), la rebaja del IVA genera aún más inquietud.

“Se ha modificado sin más el párrafo del artículo que se refiere al tipo impositivo de las viviendas, sin tomar en consideración”, señala Juan Carlos López-Hermoso, presidente de la Asociación, “ni por tanto aclarar, qué pasa con todas las transacciones que la Ley asimila al concepto de entrega de vivienda”, añade. López-Hermoso considera que la medida, que tacha de “inútil”, se debería haber acompañado de una modificación en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Dado que la Dirección General de Tributos (DGT) no ha dado todavía ninguna respuesta clara sobre este tema, para Aedaf no queda otra opción que pensar que esta reforma se ha hecho “desde la improvisación y sin consultar a los expertos”. Asesores fiscales, expertos y profesionales no tienen claros los criterios temporales del incentivo y tratan de que la DGT lo aclare.

Esperan como agua de mayo que Tributos publique una consulta vinculante sobre este asunto. Las llamadas a la Agencia son constantes. Por su parte, la AEAT ha publicado en su web un documento en el que responde a “preguntas frecuentes” y dice que “los pagos anticipados realizados entre el 20 de agosto y el 31 de diciembre por entregas de viviendas, garajes y anexos en ellos situados tributarán igualmente al tipo del 4%, con independencia de que la entrega del inmueble se haga después del 31 de diciembre de 2011”.

Es decir, el devengo del IVA en la entrega se produce, como regla general, en el momento en el que el comprador toma posesión de la vivienda. Si se hubiese otorgado escritura pública, la puesta en poder y posesión se entiende realizada en el momento de su otorgamiento.

Cuando de la misma escritura resulta o se deduce claramente un momento distinto de este hecho, el devengo se producirá en el momento en que efectivamente tenga lugar dicha puesta en poder y posesión del adquirente. En cambio, en relación con los pagos anticipados efectuados antes del 20 de agosto por viviendas adquiridas entre el 20 de agosto y 31 de diciembre cuyas entregas tributen al tipo superreducido del 4% no se deben rectificar las cuotas de IVA repercutidas al 8% correspondientes a los anticipos. Éste es uno de los problemas más graves que presenta el incentivo, a juicio de los asesores fiscales, que recuerdan que el criterio del devengo que esgrime la AEAT es “oficioso”. Es necesaria una consulta.

Salgado y Santamaría chocan por la deducción fiscal
Soraya Sáenz de Santamaría, portavoz del PP en el Congreso de los Diputados, acusó ayer al Gobierno de hacer una política de vivienda “incoherente”. Santamaría criticó al Ejecutivo por “eliminar la deducción fiscal por la compra de vivienda habitual, mientras rebaja el IVA del 8% al 4% al adquirir una casa nueva”. Salgado rechazó las críticas del PP, ya que recordó que el 75% de las rentas españolas siguen “pudiendo disfrutar” de la deducción fiscal, debido al nivel de sus ingresos. Por el contrario, Salgado añadió: “¿Qué mayor incoherencia [la del PP] que criticar la rebaja del IVA mientras anuncia que va a mantener esa medida durante un año más, si ganan las elecciones?

Fuente: http://www.expansion.com

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